Reclamación de una plataforma por la denegación de acreditaciones a periodistas por un partido
Se remite al criterio adoptado en la Resolución de 8 de noviembre de 2019, de la que da traslado a la plataforma reclamante, y desestima el resto de sus solicitudes por no ajustarse a las competencias de la JEC, sin perjuicio de la facultad de los presuntamente afectados de acudir a los tribunales ordinarios para asegurar la eficacia de sus derechos fundamentales, singularmente los del artículo 20 de la Constitución.
También afecta a: § 1.2