Queja por debates preelectorales en RTVE y competencia de la JEC
Conforme al artículo 66 de la LOREG, desarrollado por la Instrucción de la JEC de 4 de noviembre de 1985, a la Junta solo le corresponde conocer y resolver los recursos que se presenten contra los acuerdos de los órganos de los medios, lo que se responde a la queja de Esquerra Nacionalista Valenciana por los debates emitidos por RTVE en precampaña.
También afecta a: § 1.2