Acuerdo 76/1993, de 12 de mayo de 1993

AcuerdoCaso concreto

Queja por debates preelectorales en RTVE y competencia de la JEC

Resumen

Conforme al artículo 66 de la LOREG, desarrollado por la Instrucción de la JEC de 4 de noviembre de 1985, a la Junta solo le corresponde conocer y resolver los recursos que se presenten contra los acuerdos de los órganos de los medios, lo que se responde a la queja de Esquerra Nacionalista Valenciana por los debates emitidos por RTVE en precampaña.

Epígrafe
§ 11.5 Debates electorales en medios públicos
Sesión
1993-05-12
Expediente
000/93051216

También afecta a: § 1.2

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