Comisión gestora por renuncias que reducen la Corporación a menos de dos tercios
Vista la situación del Ayuntamiento de Os Blancos tras la renuncia de concejales, la JEC reitera a la Diputación Provincial que ha de estarse al artículo 182 de la LOREG en cuanto a la constitución de una Comisión Gestora integrada por los miembros subsistentes de la Corporación y las personas de adecuada idoneidad o arraigo que designe la Diputación Provincial hasta completar el número legal de miembros.
También afecta a: § 23.4