Acuerdo 818/1999, de 3 de junio de 1999

AcuerdoCriterio general

Contratación de propaganda electoral en televisiones locales privadas

Resumen

De acuerdo con la Ley Orgánica 2/1988, de 3 de mayo, no pueden contratarse espacios de propaganda electoral en emisoras de televisión privada, sean de ámbito local, regional o nacional.

Epígrafe
§ 9.6 Publicidad electoral en prensa, radio y otros soportes
Sesión
1999-06-03
Expediente
290/569

También afecta a: § 11.8

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