Acuerdo 82/1993, de 17 de mayo de 1993

AcuerdoCriterio general

Solicitud por correo certificado de la certificación censal específica

Resumen

Cabe que el elector solicite la certificación censal específica por correo certificado a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, indicando sus datos personales y de domicilio y acompañando fotocopia del DNI y certificado de empadronamiento; efectuada la comprobación, la Delegación expide la certificación y la remite por correo certificado al domicilio del elector o le notifica las razones por las que no procede. Así se responde a la propuesta de que la expidieran los Secretarios de los Ayuntamientos por las dificultades de desplazamiento de los electores de Lanzarote y Fuerteventura.

Epígrafe
§ 3.4 Certificaciones censales específicas y electores no incluidos en las listas
Sesión
1993-05-17
Expediente
000/93051734

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