Acuerdo 831/1999, de 3 de junio de 1999

AcuerdoCriterio general

Apertura de oficinas de Correos los últimos días de plazo del voto por correo

Resumen

Los días finales del plazo para solicitar la documentación del voto por correo y para entregar dicho voto deben permanecer abiertas hasta las 24 horas, en cada localidad, oficinas de Correos suficientes para satisfacer el derecho de los electores a presentar las solicitudes o entregar los votos en todas las horas hábiles de esos días; se traslada urgentemente a la Dirección de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos.

Epígrafe
§ 14.3 Voto por correo: envío de la documentación, depósito del voto y entrega a las Mesas
Sesión
1999-06-03
Expediente
321/96

También afecta a: § 14.1

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →