Acuerdo 85/2011, de 7 de abril de 2011

AcuerdoCriterio general

Cuñas radiofónicas de propaganda electoral antes del inicio de la campaña

Resumen

Entre la convocatoria de las elecciones y el inicio legal de la campaña no está permitida la inserción de anuncios de publicidad o propaganda electoral en cuñas radiofónicas, conforme a la prohibición del artículo 53 de la LOREG, que no puede eludirse invocando el ejercicio de las actividades ordinarias de las formaciones políticas.

Epígrafe
§ 9.1 Precampaña: actos y propaganda antes del inicio de la campaña
Sesión
2011-04-07
Expediente
293/60

También afecta a: § 9.6

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