Acuerdo 87/2005, de 16 de febrero de 2005

AcuerdoCaso concreto

Ampliación del plazo de depósito del voto por correo en el referéndum de 2005

Resumen

Vistas las solicitudes recibidas y los informes de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, amplía el plazo para depositar el voto por correspondencia en las Oficinas de Correos de toda España hasta el día 18 de febrero, en su horario habitual y como máximo hasta las 14 horas, debiendo Correos asegurar la remisión en tiempo hábil de los votos a las Mesas electorales y dar la debida difusión a la ampliación en los medios de comunicación.

Epígrafe
§ 26.1 Referéndum: administración electoral, procedimiento, votación y escrutinio
Sesión
2005-02-16
Expediente
329/84

También afecta a: § 14.3

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →