Acuerdo 88/1982, de 14 de octubre de 1982

AcuerdoCaso concreto

Compatibilidad entre vocal de Junta Electoral Provincial y Delegado del Gobierno en un puerto autónomo

Resumen

Desestima el recurso del Partido Socialista Obrero Español contra la designación como vocal de un catedrático de Derecho Administrativo: ningún precepto legal establece incompatibilidad entre la condición de vocal de la Junta Electoral Provincial y la de Delegado del Gobierno en el Puerto Autónomo de Valencia.

Epígrafe
§ 1.6 Vocales no judiciales
Sesión
1982-10-14
Expediente
000/82101407

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