Pérdida de la condición de concejal por incapacidad declarada en sentencia firme
Vista la sentencia judicial firme que declara la incapacidad del alcalde y concejal y constituye curatela a su favor, y la toma de conocimiento por el Pleno del Ayuntamiento, la JEC considera que concurre el supuesto del artículo 182.1 de la LOREG de pérdida de la condición de concejal y expide credencial al sustituto.
También afecta a: § 23.7