Instrucción 1/2016, de 13 de abril de 2016

InstrucciónCriterio general

Modelo oficial de constitución de coaliciones electorales y su publicación en la web de la JEC

Título oficial: de aprobación del modelo oficial del escrito de constitución de coaliciones electorales y de publicación de las válidamente constituidas en la página web de la Junta Electoral Central

Resumen

Aprueba, al amparo del artículo 5.2 del Real Decreto 605/1999, el modelo oficial de escrito de constitución de coaliciones electorales, aplicable a todos los procesos electorales comprendidos en el ámbito de la LOREG, que las Juntas competentes para aceptar la coalición deben poner a disposición de los partidos y federaciones y que también estará disponible en la página web de la JEC. Una vez que la Junta competente tome razón de las coaliciones válidamente constituidas conforme al artículo 44.2 de la LOREG, debe comunicar a la JEC las creadas, las formaciones que las integran y su ámbito territorial, según el modelo del anexo II, adjuntando los pactos de coalición; en las elecciones a Asambleas Legislativas autonómicas, la comunicación se hace también a la Junta Electoral de Comunidad Autónoma. La JEC publica en su página web todas las coaliciones válidamente constituidas para cada proceso electoral.

Epígrafe
§ 7.2 Coaliciones electorales
Sesión
2016-04-13
BOE
BOE núm. 95, de 20 de abril de 2016
Expediente
210/18
Figura como acuerdo
58/2016

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