Ley de urbanismo de las Illes Balears
Ley 12/2017 · CAPÍTULO IV

CAPÍTULO IV. Parcelaciones urbanísticas

Versión 2 de 2 · Texto vigente · publicada el 13 de diciembre de 2024 · en vigor desde el 14 de diciembre de 2024

El texto de esta versión es idéntico al de la anterior: el BOE registró la versión por una nota o una corrección sin cambio de redacción.

CAPÍTULO IV

Parcelaciones urbanísticas

Notas del BOE

Se modifica por el art. 54.24 de la Ley 7/2024, de 11 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-720#a5-6

Téngase en cuenta que este capítulo ya fue añadido por el Decreto-ley 3/2024, de 24 de mayo.

Se añade por el art. 54.18 del Decreto-ley 3/2024, de 24 de mayo. Ref. BOE-A-2024-16940#a5-6

Su anterior numeración era Capítulo III.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley de urbanismo de las Illes Balears, CAPÍTULO IV. Parcelaciones urbanísticas. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2018-806). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/it_it/aplicaciones/radar/ley-12-2017-urbanismo-illes-balears/texto/ci-31/.