Ley de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana
Ley 15/2018 · Artículo 4

Artículo 4. Objetivos de la política turística.

Texto original, sin modificaciones · en vigor desde el 8 de julio de 2018

Artículo 4. Objetivos de la política turística.

La política turística del Consell se orientará a mejorar, diversificar y potenciar la oferta turística de la Comunitat Valenciana; a incrementar su calidad, rentabilidad socioeconómica y competitividad; a adecuar el territorio turístico y el paisaje en que se ejerce la actividad; a adecuar el producto a las necesidades de la demanda; a procurar el bienestar de las personas residentes y de las personas usuarias de servicios turísticos, y a garantizar el derecho de las personas con discapacidad a gozar de un turismo accesible e inteligente, así como a fomentar la sostenibilidad social y ambiental y el desarrollo local mediante la diversificación y la desestacionalización, la colaboración y cooperación con los agentes sociales, la participación ciudadana, la consolidación y el crecimiento de la ocupación en el sector turístico, así como la formación y el fomento de la investigación y la innovación turísticas.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana, Artículo 4. Objetivos de la política turística. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2018-8950). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/it_it/aplicaciones/radar/ley-15-2018-turismo-comunitat-valenciana/texto/a4/.