Artículo 730.
Artículo 730.
1. Podrán también leerse o reproducirse a instancia de cualquiera de las partes las diligencias practicadas en el sumario, que, por causas independientes de la voluntad de aquellas, no puedan ser reproducidas en el juicio oral.
2. A instancia de cualquiera de las partes, se podrá reproducir la grabación audiovisual de la declaración de la víctima o testigo practicada como prueba preconstituida durante la fase de instrucción conforme a lo dispuesto en el artículo 449 bis.
Se modifica por la disposición final 1.12 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio. Ref. BOE-A-2021-9347#df
Se modifica por la disposición final 1.21 de la Ley 4/2015, de 27 de abril. Ref. BOE-A-2015-4606#dfprimera.
Cómo citar
Ley de Enjuiciamiento Criminal, Artículo 730. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-1882-6036). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/it_it/aplicaciones/radar/ley-de-enjuiciamiento-criminal/texto/a730/.
