Sección 6.ª Utilización de medios de comunicación para la campaña electoral.
Esta versión procede de
Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero
57 preceptos afectados en esa reforma · Ver en el BOE
Anterior · versión 1 · en vigor desde 21.06.1985Nueva · versión 2 · en vigor desde 30.01.2011
Sección VI. Utilización de medios de comunicación de titularidad publica para la campaña electoral
Sección VI6.ª Utilización de medios de comunicación de titularidad publica para la campaña electoral.
Sección 6.ª Utilización de medios de comunicación para la campaña electoral.
Notas del BOE
Se modifica la rúbrica por el art. único.23 de la Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero. Ref. BOE-A-2011-1639.
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.
Cómo citar
Ley Orgánica del Régimen Electoral General, Sección 6.ª Utilización de medios de comunicación para la campaña electoral. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-1985-11672). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/it_it/aplicaciones/radar/ley-organica-regimen-electoral-general/texto/svi/.
