Acuerdo 1/2002, de 23 de enero de 2002

AcuerdoCriterio general

Cobertura de vacante de concejal cuando el candidato llamado está en coma

Resumen

Es requisito imprescindible que los candidatos de la lista que no deseen cubrir una vacante de concejal renuncien por escrito ante el Ayuntamiento o mediante comparecencia personal. No habiendo fallecido ni renunciado el candidato al que corresponde la vacante, que se encuentra en coma, solo cabe expedir credencial al siguiente si aquel es declarado incapaz por sentencia judicial firme, de conformidad con el artículo «3ª.1.b)» de la LOREG.

Epígrafe
§ 23.3 Cobertura de vacantes: orden de la lista y procedimiento
Sesión
2002-01-23
Expediente
351/845

También afecta a: § 23.2

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