Formación a la que corresponde proponer al alcalde pedáneo gestor de una entidad local menor
Conforme a los artículos 1.2 y 4.1 del Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, corresponde a la JEC determinar el número de miembros de la comisión gestora que corresponde a cada formación y, en caso de vacante en la alcaldía pedánea, el partido al que corresponde designar al nuevo vocal; a la vista de los resultados de las últimas elecciones municipales en la mesa correspondiente a la entidad local menor de Santa María del Llano de Tudela (Valle de Mena), corresponde la propuesta al Partido Popular.
También afecta a: § 24.6