Acuerdo 100/2021, de 4 de febrero de 2021

AcuerdoCaso concreto

Formación a la que corresponde proponer al alcalde pedáneo gestor de una entidad local menor

Resumen

Conforme a los artículos 1.2 y 4.1 del Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, corresponde a la JEC determinar el número de miembros de la comisión gestora que corresponde a cada formación y, en caso de vacante en la alcaldía pedánea, el partido al que corresponde designar al nuevo vocal; a la vista de los resultados de las últimas elecciones municipales en la mesa correspondiente a la entidad local menor de Santa María del Llano de Tudela (Valle de Mena), corresponde la propuesta al Partido Popular.

Epígrafe
§ 24.8 Comisiones y vocales gestores en entidades locales menores
Sesión
2021-02-04
Expediente
359/321

También afecta a: § 24.6

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