Acuerdo 102/1997, de 17 de septiembre de 1997

AcuerdoCriterio general

Toma de conocimiento por el Pleno de las renuncias de concejales

Resumen

Sin perjuicio del carácter irrevocable de las renuncias válidamente formuladas, el Pleno de la corporación ha de tomar conocimiento de ellas y dirigir inmediatamente comunicación a la JEC indicando el nombre del candidato o candidatos siguientes a los que corresponda ocupar la vacante o vacantes.

Epígrafe
§ 23.1 Renuncia al cargo de concejal
Sesión
1997-09-17
Expediente
351/556

También afecta a: § 23.3

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