Acuerdo 107/2022, de 9 de junio de 2022

AcuerdoCaso concreto

Extemporaneidad del recurso contra acuerdo sobre planes de cobertura informativa

Resumen

Inadmite por extemporáneo el recurso del Partido de Jubilados por el Futuro, Dignidad y Democracia: el acuerdo de la Junta Electoral de Andalucía se notificó por correo electrónico el 1 de junio de 2022, además de comunicarse por teléfono y publicarse en la web, y el recurso no se presentó hasta el día 6, vencido el plazo de 24 horas del artículo 21.2 de la LOREG; el carácter perentorio de los plazos electorales exige una diligencia especial (STC 80/2002). Sin perjuicio de la inadmisión, aclara, conforme a la Instrucción 4/2011, que restringir los debates y entrevistas a las entidades políticas con representación en las últimas elecciones equivalentes no es un criterio arbitrario o irrazonable, como ha confirmado el Tribunal Supremo (SSTS de 2 de octubre de 2006 y 19 de octubre de 2009).

Epígrafe
§ 20.1 Recursos ante la JEC contra acuerdos de otras Juntas: admisibilidad
Sesión
2022-06-09
Expediente
293/1269

También afecta a: § 11.5 · § 11.3

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