Acuerdo 124/1995, de 29 de marzo de 1995

AcuerdoCriterio general

Desistimiento de la renuncia al cargo de Alcalde o concejal

Resumen

Cabe desistir de la declaración de voluntad de renunciar al cargo de concejal o de Alcalde siempre que el desistimiento se produzca antes de que el Pleno tome conocimiento del escrito de renuncia; es criterio reiterado de la JEC.

Epígrafe
§ 23.1 Renuncia al cargo de concejal
Sesión
1995-03-29
Expediente
351/215

También afecta a: § 22.4

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