Desistimiento de la renuncia al cargo de Alcalde o concejal
Cabe desistir de la declaración de voluntad de renunciar al cargo de concejal o de Alcalde siempre que el desistimiento se produzca antes de que el Pleno tome conocimiento del escrito de renuncia; es criterio reiterado de la JEC.
También afecta a: § 22.4