Visita de un Consejero a un nuevo hospital con convocatoria de medios en período electoral
Desestima el recurso del Gobierno de Aragón y confirma la resolución del Presidente de la Junta Electoral de Aragón que suspendió la visita del Consejero de Sanidad al nuevo hospital de Alcañiz para la puesta en marcha de dos consultas, con atención a medios de comunicación: siempre que no se interrumpa la puesta en marcha de las consultas, la presencia del Consejero con atención a los medios no puede considerarse «imprescindible para la salvaguarda del interés público o para el correcto desenvolvimiento de los servicios públicos» en el sentido de la Instrucción 2/2011, máxime cuando el propio recurrente reconoce que dicha puesta en marcha no precisa esa comunicación pública. Se destaca el Acuerdo 111/2025, de 4 de diciembre, según el cual no cabe calificar de visita técnica aquella en la que se convoca a los medios, asisten autoridades expresamente convocadas o se refleja en webs o perfiles de los poderes públicos.
También afecta a: § 10.4