Acuerdo 132/2014, de 19 de mayo de 2014

AcuerdoCriterio general

Cabinas con menos casilleros que candidaturas proclamadas

Resumen

No es posible modificar el modelo de cabina electoral regulado en la norma sobre medios materiales para unas elecciones concretas, las del Parlamento Europeo, por ser mayor el número de papeletas (Acuerdo de 15 de junio de 1989); el artículo 3.1 del Real Decreto 605/1999 prevé que los sobres y papeletas de cada candidatura se encuentren en los casilleros del interior de la cabina o junto a ella, en una mesa dispuesta al efecto.

Epígrafe
§ 2.1 Secciones, locales, colegios y medios materiales de la votación
Sesión
2014-05-19
Expediente
330/183

También afecta a: § 16.3

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