Compatibilidad del cargo de concejal con el de miembro del ejecutivo autonómico o preautonómico
No existe incompatibilidad entre el cargo de concejal y el de miembro o Presidente del órgano ejecutivo de una Comunidad Autónoma o de un Ente Preautonómico: ni el artículo 72.1 ni el 92.1 de la Ley de Elecciones Locales mencionan esos cargos, pese a que al dictarse la Ley ya existían numerosos entes preautonómicos, y ese silencio, en materia que por afectar a derechos fundamentales no admite interpretación extensiva, solo puede entenderse como contrario a la incompatibilidad.