Acuerdo 147/1979, de 16 de marzo de 1979

AcuerdoCriterio general

Entidades locales menores en las que no se presenta ninguna candidatura

Resumen

Si en una entidad local menor no se ha presentado ninguna candidatura, no procede realizar elección ni proclamación de electos, y las Juntas Electorales carecen de competencia para pronunciarse sobre la composición y el funcionamiento de dichas entidades, que no es ya una cuestión electoral sino de legislación local general.

Epígrafe
§ 24.8 Comisiones y vocales gestores en entidades locales menores
Sesión
1979-03-16
Expediente
000/79031604

También afecta a: § 27.2

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