Presentación pública de las condiciones técnicas de un proyecto de obra pública en período electoral
Los poderes públicos solo pueden presentar las condiciones técnicas de proyectos de obras públicas en período electoral cuando, a la luz de las circunstancias, la actuación sea imprescindible para los objetivos encomendados a la Administración y no pueda posponerse hasta después de las elecciones sin grave lesión del interés general; en todo caso, el acto no puede contener campañas de realizaciones o logros ni tener contenido electoralista. Se recuerda, con cita del artículo 50.2 y 3 de la LOREG y de la Instrucción 2/2011, que el inicio del período electoral no interrumpe las actuaciones necesarias para salvaguardar el interés público o el correcto desenvolvimiento de los servicios públicos. Responde a una consulta sobre la presentación del proyecto de reforma de la Audiencia Nacional.