Recurso extemporáneo contra la designación de los miembros de la Comisión de Radio y Televisión
Inadmite por extemporáneo el recurso de la coalición Unidos: su objeto real es el acuerdo de la Junta Electoral de Canarias de 15 de abril de 2015 de designación de los miembros de la Comisión de Radio y Televisión, que debió recurrirse en el plazo de 24 horas del artículo 21 de la LOREG, sin que la ejecución por esa Junta de un acuerdo de la JEC estimatorio de otro recurso contra aquel reabra el plazo. Recuerda que, cuando coinciden elecciones locales y autonómicas, la Comisión debe integrar, conforme al artículo 65.5 de la LOREG, a las formaciones con representación en el Congreso de los Diputados en el ámbito territorial respectivo, requisito que la recurrente no cumple.
También afecta a: § 11.2