Participación en debates de un candidato en prisión preventiva
La JEC carece de competencia para decidir sobre la excarcelación de presos preventivos, por lo que no accede a que un candidato participe presencialmente en debates en medios de comunicación; en cuanto a la petición subsidiaria de participar desde el centro penitenciario, la deniega para el debate de los días 15 y 16 por la premura con que se formula y deja pendiente la decisión sobre los demás hasta recabar informe de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
También afecta a: § 11.5