Notificación del acuerdo de distribución de espacios gratuitos e indefensión
Desestima el recurso del Partido Socialista de los Trabajadores contra el acuerdo de la Junta Electoral de Galicia sobre distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral: los múltiples intentos de notificación en el domicilio señalado conforme al artículo 43.3 de la Ley Electoral, en el que no había persona alguna, excluyen la indefensión y revelan falta de diligencia de la entidad recurrente; además, el uso del primero de los espacios asignados en Televisión Española, posterior en el tiempo a aquellos cuya restitución reclama, demuestra que conocía los espacios adjudicados o estaba en condiciones de conocerlos obrando con la diligencia debida.
También afecta a: § 20.3