Requisito del 75 por 100 de circunscripciones para los espacios gratuitos y propuesta de la Comisión
Conforme al artículo 64.2 de la LOREG, el derecho a espacios gratuitos está condicionado a la presentación de candidaturas en más del 75 por 100 de las circunscripciones comprendidas en el ámbito de difusión o de programación del medio, regla a la que ha de sujetarse la Junta Electoral Provincial aunque no se atenga a ella la propuesta de la Comisión correspondiente.
También afecta a: § 11.2