Acuerdo 173/2019, de 11 de abril de 2019

AcuerdoCaso concreto

Manifestaciones de un presidente autonómico en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno

Resumen

Desestima el recurso del Partido Popular y confirma el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Badajoz: no se acredita que las manifestaciones del Presidente de la Junta de Extremadura vulneren la prohibición de campaña de logros del artículo 50.2 de la LOREG, pues respondía a preguntas y requerimientos de la prensa, interesada en conocer los pormenores de una determinada acción de gobierno, sin que de sus palabras se deduzcan connotaciones electoralistas.

Epígrafe
§ 10.4 Declaraciones y actos de autoridades con contenido electoralista
Sesión
2019-04-11
Expediente
293/906

También afecta a: § 10.2

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