Espacios gratuitos en una televisión local de ámbito provincial en elecciones europeas
Desestima el recurso de Ciudadanos Libres Unidos y confirma el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona: MOU TV no está obligada a emitir espacios gratuitos de propaganda electoral, pues el Artículo Único.2 de la Ley Orgánica 14/1995, de 22 de diciembre, dispone que las emisoras de televisión local por ondas terrestres no distribuirán espacios gratuitos en elecciones distintas de las municipales, y una empresa de ámbito provincial queda incluida en el ámbito de esa Ley al ser la provincia un ente de naturaleza local.
También afecta a: § 11.2