Formación política a la que corresponde proponer al alcalde pedáneo gestor
Conforme a los artículos 1.2 y 4.1 del Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, corresponde a la JEC determinar el número de miembros de la comisión gestora que corresponde a cada formación política y, en caso de vacante en la alcaldía pedánea, el partido al que corresponde designar al nuevo vocal; atendidos los resultados de las últimas elecciones en la mesa correspondiente a la entidad local menor de Humada (Burgos), la propuesta del nuevo vocal corresponde al Partido Popular.