Plazo para reclamar contra un programa de televisión que sigue difundiéndose en Youtube
Estima parcialmente el recurso del PSOE y devuelve el asunto a la Junta Electoral Provincial de Almería: la inadmisión por extemporánea de la reclamación contra un programa de Interalmería Televisión, presentada fuera del plazo de 48 horas desde la emisión que fija el apartado sexto.4 de la Instrucción 4/2011, es conforme a esta, pero esa circunstancia no afecta a la difusión del programa en Youtube, que también era objeto de la reclamación y se mantiene, por lo que la Junta Provincial debe examinarla en ese extremo.