Acuerdo 200/2004, de 8 de marzo de 2004

AcuerdoCaso concreto

Colocación de la primera piedra de un instituto en vísperas de la votación

Resumen

Estima el recurso del Partido Andalucista, revoca el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Sevilla y declara que no procede celebrar el acto de colocación de la primera piedra del futuro instituto de La Rinconada: en el momento que alcanza el proceso electoral, cualquier acto de esa naturaleza puede tener incidencia electoral y, dada la proximidad del día de las elecciones, su aplazamiento hasta después de ese día no produce entorpecimiento.

Epígrafe
§ 10.3 Inauguraciones y presentaciones de obras, servicios y proyectos
Sesión
2004-03-08
Expediente
292/323

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →