Iniciativa legislativa popular de modificación de los artículos 25 y 26 del Código Civil
Trámite: se traslada a la Comisión Promotora la admisión de la iniciativa legislativa popular para la modificación de los artículos 25 y 26 del Código Civil, a fin de que proceda a la recogida de firmas conforme al artículo 7.2 y 7.3 de la Ley Orgánica 3/1984, y se comunica a la Oficina del Censo Electoral.
También afecta a: § 25.3