Acuerdo 233/2009, de 15 de octubre de 2009

AcuerdoCriterio general

Compatibilidad del cargo de concejal con el de miembro de una comisión gestora

Resumen

La LOREG no establece incompatibilidad entre la condición de concejal y la de miembro de la comisión gestora de una Entidad Local Autónoma de la Comunidad Autónoma de Andalucía, pues los miembros de dichas comisiones gestoras no pueden considerarse personal del Ayuntamiento ni de las entidades dependientes de este, supuesto de incompatibilidad del artículo 178.2.b).

Epígrafe
§ 5.6 Incompatibilidad de concejales: otros cargos, empleos y situaciones
Sesión
2009-10-15
Expediente
353/113

También afecta a: § 5.4

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