Acuerdo 286/2011, de 12 de mayo de 2011

AcuerdoCriterio general

Franja horaria de los espacios gratuitos de una coalición con representación municipal

Resumen

Estima el recurso de Esquerra Republicana de Catalunya-Acord Municipal contra la distribución de espacios gratuitos en Barcelona Televisión aprobada por la Junta Electoral Provincial de Barcelona. Aunque el representante de la coalición firmó el acta de la Comisión que aprobó de común acuerdo la propuesta, la doctrina de los actos propios no puede prevalecer frente al derecho a recurrir expresamente conferido por la Junta. En cuanto al fondo, la distribución debe respetar la proporcionalidad y la igualdad de oportunidades (artículos 61 a 67 de la LOREG e Instrucción JEC 5/2011), atendiendo a los resultados de las anteriores elecciones municipales: habiendo obtenido la coalición cuatro concejales, los mismos que otra formación, es contrario al principio de igualdad entre formaciones en situaciones homogéneas situar sus espacios en la franja de los partidos sin representación. La Junta Provincial deberá reubicar, en el tiempo más breve que permitan las condiciones técnicas del medio, los espacios aún no emitidos en las bandas horarias de los partidos con representación.

Epígrafe
§ 11.1 Espacios gratuitos: derecho y criterios de distribución
Sesión
2011-05-12
Expediente
293/158

También afecta a: § 11.2 · § 20.1

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