Acuerdo 287/2004, de 29 de abril de 2004

AcuerdoTrámite

Incorporación de la lista numerada de votantes a la documentación electoral de la Mesa

Resumen

La incorporación de la documentación al expediente electoral y a cada uno de los sobres correspondientes ha de sujetarse a lo previsto en el artículo 100 de la LOREG, lo que se responde a la propuesta sobre el destino de las listas numeradas de votantes de vocales e interventores.

Epígrafe
§ 17.1 Escrutinio en las Mesas, actas y entrega de la documentación
Sesión
2004-04-29
Expediente
201/219

También afecta a: § 16.3

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