Acuerdo 297/1999, de 24 de mayo de 1999

AcuerdoCaso concreto

Distribución de espacios gratuitos en emisoras locales de titularidad pública y mercantil

Resumen

La distribución de espacios en la emisora de titularidad pública se realiza por la Junta Electoral Provincial, en virtud de la delegación efectuada por la Instrucción de la JEC de 17 de mayo de 1999 y conforme a los criterios fijados en ella; si la titularidad de una emisora no es del Ayuntamiento sino de una entidad mercantil independiente, no puede emitir espacios de campaña electoral.

Epígrafe
§ 11.2 Espacios gratuitos: procedimiento, Comisión de Radio y Televisión y emisión
Sesión
1999-05-24
Expediente
290/521

También afecta a: § 11.1

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