Recurso contra el plan de cobertura informativa de RTVE para el referéndum de 2005
Ante el recurso del Partido Popular contra el plan de cobertura de RTVE, la JEC declara que la cobertura de los actos de campaña al final de los Telediarios debe seguir un criterio ponderadamente proporcional al número de escaños obtenidos por cada entidad política en el Congreso de los Diputados en las anteriores elecciones generales, preferente a cualquier otro, fijando RTVE antes de la campaña el tiempo de cada una; ha de incluirse al Partit dels Socialistes de Catalunya (PSC-PSOE), con derecho a entrevista y, en su caso, a los debates, por haber obtenido 21 escaños; sobre los debates pedidos por el Bloque Nacionalista Galego habrá de estarse a la comunicación prevista en la Instrucción de 13 de septiembre de 1999; en los medios o programaciones de ámbito territorial limitado, la información será proporcional a los escaños obtenidos en las circunscripciones de su ámbito de difusión, conforme al artículo 62 de la LOREG.