Extemporaneidad del recurso contra la resolución de reclamaciones al escrutinio general
Inadmite por extemporáneo el recurso de Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía contra el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Arcos de la Frontera sobre el escrutinio general de Olvera: se presentó ante la JEC, en lugar de ante la Junta de Zona, el 2 de junio de 2015, cuando el acuerdo se había notificado el 28 de mayo, transcurrido holgadamente el plazo de un día del artículo 108.3 de la LOREG.
También afecta a: § 20.1