Almuerzo institucional de agradecimiento por medidas de fomento del deporte en período electoral
Desestima el recurso de la Viceconsejería de la Presidencia del Gobierno de Canarias y confirma la suspensión cautelar acordada por la Junta Electoral de Canarias: un acto organizado por un poder público, con dinero público y en período electoral, para agradecer a terceros su colaboración en medidas impulsadas por el propio Gobierno versa sobre los logros de este y está prohibido por el artículo 50.2 de la LOREG; la suspensión se ampara en el punto quinto de la Instrucción 2/2011 y la falta de audiencia del Gobierno se justifica por la premura de los plazos, pues el acto estaba convocado para el mismo mediodía en que se presentaron las denuncias.
También afecta a: § 10.4