Ratificación del criterio sobre desistimiento de la renuncia de un concejal
Ratifica el acuerdo de 17 de junio de 1996, al no plantear las alegaciones del Ayuntamiento de Cantoria ninguna cuestión de hecho o de Derecho no considerada ya: no procede tramitar la sustitución del concejal, porque desistió de la renuncia antes de que se diera cuenta de ella al Pleno de la Corporación, revocando en tiempo y forma oportunos la declaración de voluntad inicial.
También afecta a: § 23.3