Acuerdo 349/1995, de 28 de mayo de 1995

AcuerdoCaso concreto

Programa televisivo con candidatos antes del cierre de los colegios electorales

Resumen

Estima el recurso contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Sevilla sobre un programa de Canal Sur Televisión, conforme a lo acordado en la misma fecha por la JEC: antes de la hora de cierre de los colegios electorales no puede emitirse programación alguna en la que participen candidatos que concurran a las elecciones o representantes de las entidades políticas concurrentes.

Epígrafe
§ 9.10 Jornada de reflexión y día de la votación
Sesión
1995-05-28
Expediente
290/311

También afecta a: § 11.10

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