Acuerdo 366/2015, de 26 de agosto de 2015

AcuerdoCaso concreto

Repetición de elecciones locales tras la anulación de la votación en la única Mesa

Resumen

Procede celebrar elecciones locales parciales en el municipio de Hurones (Burgos), ceñidas al acto de votación y a los trámites posteriores a este, puesto que el Acuerdo de la JEC de 5 de junio de 2015 anuló la votación celebrada en la Mesa del municipio y el escrutinio realizado por la Junta Electoral de Zona de Burgos, lo que implicaba la no proclamación de electos, recurrible por la vía contencioso-electoral de los artículos 109 y siguientes de la LOREG.

Epígrafe
§ 6.3 Elecciones parciales y repetición de elecciones
Sesión
2015-08-26
Expediente
260/93

También afecta a: § 17.4

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