Manual de instrucciones para miembros de Mesa en las elecciones a Cortes Generales de 2015
Emite parecer favorable, conforme al artículo 27.2 de la LOREG, a los Manuales de Instrucciones para miembros de Mesa, con observaciones: debe incluirse la referencia al Acuerdo de 8 de junio de 2015, según el cual las listas del censo entregadas a los representantes de las candidaturas deben permanecer en el colegio electoral durante la jornada; y, ante la previsible coincidencia con la repetición de elecciones locales en algunos municipios, debe informarse a las Mesas afectadas de las peculiaridades de cada proceso: papeletas municipales de color violeta claro (artículo 4.2 B) del Real Decreto 605/1999), imposibilidad de que los extranjeros voten en las elecciones generales (artículo 2 de la LOREG) y escrutinio de las elecciones locales después del de Congreso y Senado (artículo 95.3 de la LOREG).
También afecta a: § 6.2