Acuerdo 371/1995, de 7 de junio de 1995

AcuerdoCaso concreto

Falta de incorporación al expediente de las papeletas nulas en varias Mesas

Resumen

Desestima el recurso de Izquierda Unida contra el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Ciudad Real, que pedía anular las actas de varias Mesas que no incorporaron al expediente los votos nulos (75 en total) y un nuevo escrutinio sin ellas: aunque las Mesas debieron conservar esas papeletas conforme al artículo 97.3 de la LOREG, no consta en las actas reclamación de interventores, apoderados ni electores, lo que supone consentimiento de la declaración de nulidad y se une a la presunción de legitimidad de los actos de las Mesas; además, la estimación no podría consistir en excluir las Mesas del cómputo sino en repetir la elección conforme al artículo 113.2.d), resultado extremo contrario al principio de conservación de los actos ante una irregularidad cuyo carácter invalidante no se acredita.

Epígrafe
§ 17.1 Escrutinio en las Mesas, actas y entrega de la documentación
Sesión
1995-06-07
Expediente
333/9

También afecta a: § 17.4

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