Introducción del sobre de votación en la urna por el propio elector
Ante la solicitud de un elector de introducir personalmente su voto en la urna, se traslada el artículo 86 de la LOREG: el elector entrega por su propia mano el sobre de votación cerrado y, a continuación, se dice en voz alta su nombre y, añadiendo «vota», se deposita el sobre en la urna.