Privación del voto por correo a un interno trasladado de centro penitenciario
Trámite: recibidas del Juzgado las actuaciones por una posible falta de diligencia o coordinación de la Administración Penitenciaria subsumible en el artículo 153 de la LOREG, se trasladan al Ministerio del Interior para que informe si el 26 de febrero de 1996 se conocía en el Centro Penitenciario de Pereiro de Aguiar (Orense) que al día siguiente el interno iba a ser conducido allí desde el de Valdemoro.
También afecta a: § 19.2