Acuerdo 395/1999, de 3 de junio de 1999

AcuerdoCaso concreto

Tiempo y orden de emisión de los espacios gratuitos de una agrupación de electores

Resumen

Desestima el recurso de la Agrupación de Electores Amigos das Pontes: la atribución de diez minutos es conforme con el artículo 64 de la LOREG, y ni en el tiempo ni en el orden de emisión el reparto hecho por la Junta Electoral Provincial de A Coruña, conforme a los criterios de preferencia de las entidades políticas, número de votos en las anteriores elecciones equivalentes, arraigo social y respeto al pluralismo político, vulnera derecho alguno de la recurrente.

Epígrafe
§ 11.1 Espacios gratuitos: derecho y criterios de distribución
Sesión
1999-06-03
Expediente
290/606

También afecta a: § 11.2

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